CONVOCATORIAS

SUBVENCIONES

Ayudas de alquiler de vivienda para jóvenes en el municipio de Elorrio

CERRADO

Plazo de presentación

Plazo finalizado 30/09/2025

REQUISITOS

a) Ser personas jóvenes emancipadas, con edad entre 25 y 29 años, ambos inclusive, a fecha 31 de diciembre de 2024, que a su vez sean titulares de un contrato de alquiler, no siendo posible el subarriendo de habitaciones.

b) Que ninguna persona beneficiaria de la ayuda posea vivienda alguna de su propiedad. Salvo en el supuesto de que sea cotitular de una o varias viviendas adquiridas por herencia o donación, en las que ninguno de los porcentajes de cotitularidad supere el 50% y el valor de las participaciones en vivienda no superen los 75.000 euros. La acreditación del valor de los bienes, es por cuenta de la persona demandante (tasación de los bienes en copropiedad). Del mismo modo, se exceptúan los casos de mujeres víctimas de violencia machista que hayan debido abandonar su vivienda por razones de seguridad.

c) Las personas beneficiarias y en el caso de unidades familiares la totalidad de sus miembros, deberán estar empadronadas en la vivienda objeto de subvención. Asimismo, deberán estar empadronadas en el municipio de Elorrio, con una antigüedad mínima de 1 año de forma ininterrumpida en el momento de presentar la solicitud, o haber estado empadronadas en el municipio a lo largo de 5 años de forma ininterrumpida. Sólo podrán constar como empadronadas en la vivienda a lo largo de todo el periodo subvencionable las personas titulares del contrato, las menores y otras personas dependientes a su cargo. En caso de haber altas o bajas en el empadronamiento durante el periodo subvencionable deberán estar debidamente justificadas mediante su correspondiente cambio de titularidad en el contrato de arrendamiento de dicha vivienda. En caso de que haya personas, no titulares de contrato, empadronadas en la vivienda con fecha anterior al inicio del contrato, la/s titular/es del contrato deberán formular la solicitud de baja del padrón de dichas persona antes de solicitar la ayuda, no admitiéndose la baja personal voluntaria.

d) Las personas beneficiarias no podrán disponer ingresos superiores a 28.000,00 euros brutos anuales. Para el caso de unidades familiares el tope máximo de ingresos se fijará en 34.000,00 euros brutos anuales.

MÁS INFORMACIÓN

CONVOCANTE

Ayuntamiento de Elorrio

946 58 27 12

Herriko Plaza, z/g

Ayuntamiento de Elorrio