CONVOCATORIAS

SUBVENCIONES

Subvenciones en el ámbito de la cooperación al desarrollo y la educación para la transformación social en el ejercicio 2024

CERRADO

Plazo de presentación

Plazo finalizado 14/03/2024

REQUISITOS

  1. Estar constituida e inscrita formalmente en el registro de la Comunidad Autónoma del País Vasco que corresponda, con dos años de antelación a la fecha de publicación de la presente convocatoria en el «Boletín Oficial de Bizkaia».
  2. Reflejar en sus estatutos que una de sus actividades principales se realiza en el ámbito de la cooperación al desarrollo.
  3. Carecer de ánimo de lucro.
  4. Disponer de sede social o delegación permanente en el Territorio Histórico de Bizkaia. A estos efectos, se entenderá por delegación permanente la existencia, acreditada documentalmente, de estructuras significativas de la entidad en Bizkaia.

También podrán tener acceso a la subvención los proyectos presentados por consorcios de entidades. Todas las entidades consorciadas deberán cumplir y acreditar los requisitos especificados en los apartados anteriores.

CONTENIDO

  • Capítulo II: Subvenciones a proyectos de cooperación al desarrollo para entidades sin ánimo de lucro. El objeto del presente capítulo es regular las ayudas, en el ejercicio 2024, para la realización de proyectos de cooperación al desarrollo humano que posibiliten cambios de carácter económico, social, político, cultural, ambiental, de relaciones de poder entre mujeres y hombres, en los países empobrecidos, a través de entidades sin ánimo de lucro, tales como ONGD, movimientos sociales, congregaciones religiosas, fundaciones y similares, una de cuyas actividades principales sea la cooperación al desarrollo.
  • Capítulo III: Subvenciones a proyectos de sensibilización y/o educación para la transformación social. Objeto: El objeto del presente capítulo es regular las subvenciones, en el ejercicio 2024, para la realización de proyectos de sensibilización y/o educación para la transformación social en el Territorio Histórico de Bizkaia.
  • Capítulo IV: Subvenciones para la realización de acciones puntuales en los países empobrecidos y/o en Bizkaia. Es objeto del presente capítulo regular las ayudas que faciliten la incorporación de agentes no tradicionales de cooperación a la solidaridad internacional.
  • Capítulo V: Contratación de asistencias técnicas en origen, cuyo objeto sea facilitar el cambio organizacional pro equidad de género de las entidades socias locales con las que habitualmente trabajan las entidades solicitantes.
  • Capítulo VII: Subvenciones a proyectos de carácter plurianual. El objeto del presente capítulo es regular las ayudas para la realización de proyectos de carácter plurianual en los ejercicios 2024 a 2026.

Todos los proyectos tendrán una doble visión, y por tanto, deberán incluir actividades tanto de cooperación al desarrollo como de educación para la transformación social. El porcentaje destinado a cada fondo será como mínimo:

  1. Educación para la transformación social: el proyecto deberá desarrollar un mínimo del 10% del total de la subvención recibida y un máximo del 25%.
  2. Cooperación al desarrollo: el proyecto deberá desarrollar un mínimo del 75% del total de la subvención recibida y un máximo del 90%.

MÁS INFORMACIÓN

CONVOCANTE

Diputación Foral de Bizkaia

944066484 / 944067807 / 946083738