CONVOCATORIAS

SUBVENCIONES

Subvenciones para realizar actividades para la promoción, difusión o normalización del euskara en 2024

CERRADO

Plazo de presentación

Plazo finalizado 12/02/2024

REQUISITOS

Podrán beneficiarse de las subvenciones reguladas en el presente decreto foral las personas jurídicas sin ánimo de lucro del Territorio Histórico de Bizkaia que hayan previsto realizar la actividad que fundamenta el otorgamiento de la subvención que, no estando incursas en las causas del artículo 12 de la Norma Foral 5/2005, de 31 de mayo, reúnen los siguientes requisitos:

  1. Tener el domicilio social en el Territorio Histórico de Bizkaia.
  2. Encontrarse inscritas en el Registro correspondiente.
  3. Autofinanciación mínima del presupuesto global depurado, respecto al programa o proyecto para el que se solicita la subvención:
    1. Del 45%, en el caso de proyectos para la realización de productos destinados a su comercialización.
    2. En el resto de proyectos, del 35%.

CONTENIDO

Los proyectos y actividades subvencionables con arreglo al presente decreto foral, que deberán realizarse en el Territorio Histórico de Bizkaia, son los siguientes:

  1. Iniciativas o programas de acción destinados a promocionar y consolidar el uso del euskera en ámbitos no formales, en especial los que se desarrollen en el tiempo libre, los ligados a contenidos digitales (con el fin de convertir a los y las jóvenes en creadores y creadoras de contenidos audiovisuales digitales) y los ligados a actividades deportivas destinados al público infantil y juvenil, así como la creación de materiales para llevar a cabo las mismas.
  2. Iniciativas o programas de acción destinados a promocionar y consolidar el uso del euskera en el mundo laboral.
  3. Programas que posibiliten el acercamiento al euskera de la población inmigrante, así como los destinados a la capacitación lingüística de dicha población.
  4. Otros programas o proyectos: aquellos cuyo objeto sea la consolidación de la transmisión del euskera en el ámbito familiar, los destinados a promover y fortalecer el uso del euskera en las relaciones sociales, programas que tengan por objeto incentivar el hábito de la lectura, los destinados a la formación lingüística de monitores y monitoras, creación de material, creación de publicaciones periódicas locales, actividades dirigidas a la celebración de efemérides relacionadas con el euskera, con la historia de la lengua o con aquellos personajes que han sido protagonistas relevantes en su desarrollo en diferentes aspectos, etc.
  5. Otro sí, los programas destinados a recopilar, salvaguardar y recuperar para su uso social el patrimonio del euskera local (canciones, versos, dialectos, etc.). Para que estos programas sean tomados en cuenta, será preciso que ellos cuenten con informe favorable de Euskaltzaindia o del Instituto Labayru, recabada por la entidad solicitante.

Los proyectos que motiven la solicitud de subvención deberán desarrollarse durante el ejercicio 2024.

El plazo de presentación de solicitudes será desde el 15 de enero de 2024 hasta el 12 de febrero de 2024 a las 13:30.

CONVOCANTE

Diputación Foral de Bizkaia

94 4068710 / 94 4068759

Alda Rekalde 30 (48009 Bilbao)